Micelio
Auto26 de enero de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Contreras Ovalle Victor Manuel Y Otros·Demandado Unidad Para La Atencion Y Reparacion Integral A Las Victimas

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil-Procesos Que Pretenden La Ejecución De Obligaciones Emanadas De Sentencias Proferidas Por Jurisdicción Diferente De La Contencioso Administrativa
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Procesos que pretenden la ejecución de obligaciones emanadas de sentencias proferidas por jurisdicción diferente de la Contencioso Administrativa
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Civil del Circuito de los Patios (Distrito Judicial de Cúcuta) y el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Cúcuta.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda ejecutiva que interpuso un ciudadano en contra de la UARIV, con el objeto de ejecutar una sentencia de tutela que ordenó una indemnización.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, La Corte reiteró la regla de decisión adoptada en el Auto 132/22 mediante el cual se estableció que la jurisdicción ordinaria es la competente para conocer la ejecución de obligaciones contenidas en una sentencia proferida en una jurisdicción diferente a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Con base en lo anterior se ordenó la remisión del expediente al Juzgado Civil del Circuito de los Patios para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Civil del Circuito de los Patios y el Juzgado
  2. Primero. Administrativo Oral del Circuito de Cúcuta en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Juzgado Civil del Circuito de los Patios conocer el proceso ejecutivo iniciado por el apoderado de Víctor Manuel Contreras Ovalle en contra de la UARIV.
  3. Segundo. REMITIRLE el expediente CJU-1935 al Juzgado Civil del Circuito de los Patios para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
  4. Primero. Administrativo Oral del Circuito de Cúcuta.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.